3 razones para añadir podcasts a tu blog cultural

beneficios del podcast

Un podcast es un archivo de audio que se puede escuchar mediante streaming y que incluso puede ser descargado y escuchado en cualquier momento en un dispositivo como una tablet, un smartphone o un pc.

Es un formato que está en auge y que cada día tiene más consumidores, por lo tanto, incluir este tipo de contenidos puede aportar una serie de beneficios a tu blog:

1. Fidelización de tu audiencia. Puedes presentar el contenido de una forma más completa y aportar un valor añadido a tus publicaciones. Si publicas podcasts de calidad y además lo haces de forma periódica puede ser un plus para que los lectores vuelvan a tu blog y conseguir su fidelización.
2. Mayor visibilidad. Publicar tus audios en plataformas de alojamiento de podcasts aumenta la posibilidad de que los usuarios te encuentren. Algunos de los directorios más utilizados son: iTunes, iVoox o Stitcher.
3. Posicionamiento en tu sector. Publicar contenidos de calidad te ayudará a posicionarte como referente en un tema y mejorar tu marca. Por ejemplo, añadir entrevistas con expertos puede ser una buena forma de conseguir audiencia y aumentar tus relaciones conectando con personas de tu mismo sector.

¿Y qué necesitas para crear un podcast?
Sólo necesitas un programa para grabarlos. Existen muchas herramientas para ello pero Audacity, por ejemplo, es una buena opción.
Una vez que tengas el archivo de audio debes publicarlo en alguna plataforma de alojamiento de podcasts (iVooc, iTunes o Stitcher por ejemplo) e insertarlo en tu blog.

Por lo tanto, no hay duda de que el podcasting es una buena estrategia de comunicación. Si quieres profundizar en más herramientas que existen actualmente  y que están en auge, te recomendamos el curso sobre “Comunicación Cultural 2.0” que hemos organizado para febrero de 2017.

Acabo de comprar un libro digital, ¿puedo prestártelo?

En el mundo real, si quiero, presto los libros que compro a mis amigos (con fecha de vuelta) o, los regalo, los subrayo, los anoto, los mancho accidentalmente… hago lo que quiero porque para eso los he comprado y son míos.

No ocurre lo mismo con los contenidos digitales.

Al adquirir un producto digital, obtengo unos derechos diferentes de los que se aplican a los artículos físicos.

Principalmente, dos:

Cuando adquiero un contenido digital, como norma general, no me convierto en su propietaria, no puedo copiarlo para mi propio uso, no puedo venderlo, no puedo dejarlo en herencia, no puedo regalarlo, no puedo prestarlo, ni puedo acceder a él desde todos mis dispositivos. Obtengo una licencia de uso único, aunque hay algunas excepciones; iTunes Store de Apple, Google Play Music o plataformas de contenidos digitales como Lektu.

Cuando adquiero un contenido digital (descargo una canción online o compro un eBook) renuncio al derecho a desistir dentro de un plazo determinado, porque, aunque así lo haga, podré seguir utilizándolo. Así que, la tienda online deberá poner a mi disposición un formulario normalizado en el que, se me informe acerca de la imposibilidad de devolverlo para que lo cumplimente antes de iniciar la descarga, aceptando que renuncio a su restitución. Después deberán acusarme recibo mediante, por ejemplo, un correo electrónico.

Me gusta la música y me gustan los libros, y, los compro, sea en formato físico o digital. Por eso, no entiendo porqué debo de dejar de compartirlos (en el formato que sea) con personas de mi confianza e intercambiar experiencias frecuentemente, divertidas y placenteras. Es evidente que hay quienes identifican Internet con una barra libre, pero, también hay quienes están dispuestos a pagar (incluso un poquito más, si realmente se adquiriera el contenido digital) a los autores por sus obras tal y como sucede en el mundo real. Esto significa que también deberíamos poder seguir compartiendo entre particulares tal y como se ha hecho toda la vida, sin que la industria abuse mediante el uso de sistemas de gestión de derechos digitales (códigos DRM que no evitan que el contenido sea copiado sin permiso) que no hacen más que hartar al que paga por los contenidos, sin impedir copias fraudulentas, en un intento inútil de poner puertas al campo.