E-Learning accesible

La Fundación Asmoz de Eusko Ikaskuntza, en colaboración con APTES y GUREAK, así como la ayuda de la Fundación Kutxa pone a disposición libre, el decálogo básico de requerimientos para el diseño de formación on line para personas con discapacidad intelectual. En este proyecto se ha desarrollado una guía básica para poder definir e impartir una formación por Internet adaptada a los requisitos de aprendizaje de una persona con discapacidad intelectual.

http://accesibilidadonline.asmoz.org/

Hoy en día, se entiende la discapacidad como la expresión de limitaciones en el funcionamiento de la persona en un contexto social y que representa una desventaja sustancial, haciendo referencia a un estado de funcionamiento y no una condición. Así, el marco teórico se encuadra en el contexto de las cinco dimensiones del funcionamiento humano y su relación con el paradigma de apoyos.

De manera que, nos centraremos en las necesidades de apoyos que se producen principalmente en tres procesos básicos de Atención, Memoria y Percepción.

A su vez, las necesidades de apoyo han sido distribuidas en los siguientes bloques del proceso de diseño de una formación on line (teniendo en cuenta, que el diseño de los contenidos didácticos es el eje sobre el que gira el resto de elementos):

  1. El acceso a los contenidos.
  2. Moodle (Content Management System, LCMS). Ésta es una de las plataformas tecnológicas o sistema de gestión de cursos que ayuda a los educadores a crear comunidades de aprendizaje en línea. Se trata de una herramienta de distribución libre, estandarizada e implementada en la Fundación Asmoz, por eso se ha tomado como referencia.
  3. El diseño de los contenidos didácticos.
  4. La tutorización.
  5. La evaluación.

Y recuerda:

  • La discapacidad intelectual no es una enfermedad mental.
  • Las personas con discapacidad intelectual son ciudadanos y ciudadanas como el resto.
  • Cada una de estas personas tienen capacidades, gustos, sueños y necesidades particulares. Como cualquiera.
  • Todas las personas con discapacidad intelectual tienen posibilidad de progresar si le damos los apoyos adecuados.

¡Anímate! Sea cual sea tu papel en el proceso de diseño de una formación adaptada a personas con discapacidad verás cómo, a pesar de los matices, es básicamente igual a cualquier otra formación.

¡Esperamos que nuestro trabajo os permita plantearos la posibilidad de diseñar este tipo de formaciones!

La UE anula el canon digital

canon software piracy

2016, todo el mundo utiliza Google Drive y servicios similares para almacenamiento, “streaming” para consumo de contenidos, P2P… pero seguimos sin resolver la cuestión del canon digital.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró el 9 de junio contrario a la ley comunitaria, al considerar que no garantiza que sean los usuarios de una copia privada quienes paguen la compensación correspondiente a los autores de las obras.
A finales de 2013, después de haber anulado una ley anterior que obligaba a los fabricantes de soportes digitales al pago del canon por copia privada, el Gobierno español aprobó un Real Decreto para compensar a los autores con cargo a una partida de los Presupuestos Generales del Estado y en base a un importe fijado anualmente en los mismos.

La cuestión parte del concepto de copia privada. Las leyes prohíben la reproducción de música, cine y otras expresiones artísticas sin abonar derechos de autor. Pero existe una excepción: las reproducciones que realizan personas físicas para uso privado. Para compensar el perjuicio a los creadores, la norma anterior gravaba cada adquisición con una pequeña cantidad, pero solo cuando era un particular –no una empresa- el que la adquiría. El Tribunal objeta que, al abonarse hoy la compensación de ese daño con dinero de todos los contribuyentes; todos pagamos el canon, independientemente de si hacen o no copias privadas sin ánimo de lucro de contenidos protegidos por derechos de autor.

El caso obligará al próximo Ejecutivo a modificar la norma, aunque, tampoco podrá volver a la anterior (aprobada por el Ejecutivo del PSOE), porque también está anulada.

Continuará…

Día del libro 2016: Miguel de Cervantes, William Shakespeare

En 2016 se conmemora, entre otros acontecimientos literarios, el IV Centenario de la muerte de Miguel de Cervantes y de William Shakespeare (aunque de manera desigual en los países que los vieron nacer).

 

Miguel de Cervantes, William Shakespeare murieron “el 23 de abril de 1616”, por eso se celebra en esa fecha el día internacional del libro y del Derecho de autor por decisión de la Unesco desde el año 1995. Pero, en realidad, Miguel de Cervantes, murió el 22 de abril y fue enterrado al día siguiente, mientras que William Shakespeare lo hizo el 3 de mayo según el calendario actual (gregoriano) aunque en la época, en Inglaterra, se usaba el calendario juliano, según el cual falleció el 23 de abril. Además, Cervantes nunca supo de la existencia de Shakespeare y no se tiene certeza de que este leyera la obra del escritor alcalaíno.

Porqué a los clásicos hay que darles la oportunidad de convertirse en uno de los nuestros, y, para comprobarlo, hay que leerlos, de entre las muchas actividades programadas, estas son las escogidas para acercarnos a la obra de ambos autores:

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